A partir del día 6 de abril de 2022, las medidas vigentes son las siguientes:
1.- Las personas extranjeras no residentes deberán completar la Declaración Jurada acerca de su estado de vacunación y ausencia de síntomas de COVID-19, dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje y poseer un seguro de salud COVID-19 con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos. https://ddjj.migraciones.gob.ar/app/home.php
Se destaca que la eliminación del requisito de esquema de vacunación completo para el ingreso a la República de extranjeros no residentes no vacunados.
2.- Los argentinos, las argentinas y los y las residentes en la República deberán completar la Declaración Jurada acerca de su estado de vacunación y ausencia de síntomas de COVID-19, dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje. https://ddjj.migraciones.gob.ar/app/home.php
3.- Se recomienda a las personas que ingresen al territorio nacional que no se encuentren vacunadas o que tengan esquema de vacunación incompleto la realización de una prueba diagnóstica de COVID-19 dentro de las 24 horas posteriores a su entrada al país.
Las personas menores de SEIS (6) años de edad están eximidas en todos los casos de practicarse la prueba PCR o de antígenos para el ingreso al país.
4.- Previo al inicio del viaje hacia la República, los operadores de medios de transporte aéreo, fluvial, terrestre y marítimo de pasajeros internacionales deberán comprobar que el pasajero o la pasajera cumpla con los requisitos dispuestos de acuerdo al caso.
Los operadores de medios de transporte están facultados a negar el embarque a quienes no cumplan con esos requisitos.
La norma completa puede ser consultada en:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/260629/20220407