|
REGRESAR

Visto consular

El Consulado puede intervenir un documento presentado por el interesado agregando sello y firma del Cónsul, para confirmar así que ese documento ha sido presentado al Consulado en determinada fecha. Puede hacerse de modo presencial o por correo postal.

Cómo iniciar el trámite

El interesado debe contar con lo siguiente:

  • DNI o pasaporte válido y vigente.
  • El documento sobre el que desea que el Consulado coloque el “visto”.
  • Un “money order” por 100 dólares a nombre de “Consulate of Argentina” (a menos que el “visto consular” se estampe sobre un certificado de donación).

El interesado puede optar entre solicitar a secon_clang@cancilleria.gob.ar un turno para la realización del trámite en modalidad presencial, o remitir la documentación por correo postal, acompañando un sobre de respuesta prepago.

Observaciones sobre el “visto consular”

El visto consular no constituye una “legalización” del documento, ni reemplaza a la Apostilla de La Haya que es la única legalización internacional entre la Argentina y Estados Unidos.

Un visto consular consiste en un sello y firma del documento por el Consulado para confirmar que el mismo ha sido presentado ante el Cónsul.

El visto consular no da fe de la autenticidad o del contenido del documento.

 

 

Fecha de actualización: 14/08/2024